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Aspirante a ingresar a Bachillerato procedente de secundaria del estado de Nuevo León

Si terminó satisfactoriamente su nivel básico de secundaria en el estado de Nuevo León, NO es necesario acudir a las ventanillas  de la División de Inscripción y Credencialización del Departamento Escolar y de Archivo de la UANL a entregar documentos, debido a que la revisión y autorización para la inscripción definitiva, se realizará en forma electrónica por el Sistema Integral para la Administración de los Servicios Educativos (SIASE).

Para realizar su inscripción definitiva como estudiante de preparatoria de la Universidad Autónoma de Nuevo León, deberá cumplir con los requisitos que se indican a continuación:

  • Haber aprobado el examen de asignación de espacios de la UANL.
  • Una vez que fue asignado a una Preparatoria, deberá Ingresar en la página https://www.uanl.mx/enlinea, opción Consulta de Matricula de Primer Ingreso Medio Superior, e Ingresar su cuenta de registro para obtener su matrícula.
  • Regresar a la página anterior y en el apartado de cuenta, tendrá que ingresar su número de matrícula y contraseña (la cual será proporcionada por su preparatoria).
  •  Al ingresar, deberá imprimir su recibo de pago de cuotas escolares expedido por la Tesorería General de la UANL para el semestre a cursar y realizar el pago en la institución bancaria autorizada antes de la fecha de vencimiento.
  • Deberá presentarse en su escuela preparatoria para cumplir con los requisitos internos y así concluir su inscripción definitiva al semestre.

La inscripción provisional se otorgará a aquel estudiante que para la fecha programada de su inscripción no cuente con el certificado de secundaria, siempre y cuando presente un historial académico firmado y sellado por la escuela de procedencia, sin excepción.

 

El Departamento Escolar y de Archivo de la Universidad Autónoma de Nuevo León, se apega a los siguientes artículos de su Reglamento para la admisión, permanencia y egreso de los alumnos de la Universidad Autónoma de Nuevo León.

 

TITULO PRIMERO: Del objeto del Reglamento y el de los estudios.
CAPÍTULO ÚNICO

Disposiciones generales.

Artículo 5.- La Universidad se reserva el derecho de investigar, en cualquier momento, la autenticidad de los documentos presentados para efectos de inscripción, permanencia y egreso. La comprobación de la falsedad total o parcial en un documento, imputable o no al alumno, producirá la cancelación de la inscripción. La cancelación de la inscripción dejará sin efecto todos los actos derivados de la misma, sin que esto exima al alumno de cualquier otra responsabilidad legal en que pueda incurrir por otra disposición normativa. La comprobación de la falsedad total o parcial en un documento imputable al alumno producirá la expulsión definitiva de la Universidad.

 

TÍTULO SEGUNDO: De la admisión y la permanencia.
CAPÍTULO I
De la admisión

Artículo 8.- Para ingresar como alumno a cualquiera de los programas educativos que ofrece la Universidad, el aspirante deberá cumplir los requisitos siguientes establecidos por el Departamento Escolar y de Archivo de la UANL:

I.-  Presentar y ser seleccionado en el proceso de asignación de espacios o concurso de ingreso;
II.-  Contar con la solicitud de inscripción que emite el Departamento Escolar y de Archivo de la UANL;
III.-  Presentar el documento académico que acredite el nivel educativo inmediato anterior;
IV.-  Cubrir los pagos que correspondan;
V.-  Presentar los demás documentos que se soliciten a través de los instructivos o comunicaciónes oficiales correspondientes.
VI.-  Realizar la inscripción que exige el Reglamento Interno de cada Escuela o Facultad, en cuanto no se oponga al presente Reglamento;
VII.-  Cumplir los requisitos que exige el Reglamento Interno de cada Escuela o Facultad, en cuanto no se oponga al presente Reglamento;
IX.-  Para el aspirante al nivel superior, cumplir con el perfil de ingreso en el área de conocimiento y la modalidad educativa, exigido en la convocatoria respectiva;
X.- Entregar, en su caso el dictamen y el comprobante de pago de revalidación o equivalencia correspondiente. El pago será exceptuado al alumno que se encuentre registrado en algún programa de movilidad académica o para aquel que se cambie de programa educativo dentro de la misma Universidad.

 

CAPÍTULO IV
De la inscripción

Artículo 25.- Si al concluir el período escolar el alumno inscrito provisionalmente no ha entregado los documentos faltantes estará impedido para ser promovido como alumno de reingreso, respetándose su situación académica-administrativa, reanudándose cuando haga entrega de la documentación pendiente y cumpla lo establecido en el proceso de regularización, siempre y cuando no haya violación de ciclos.

Artículo 27.- La inscripción, tanto provisional como definitiva, concede al alumno todos los derechos y las obligaciones que establece la legislación universitaria.

 

Para mayor información sobre la inscripción definitiva de primer ingreso a bachillerato, comunicarse a:

División de Inscripciones y Credencialización
Teléfono: 8329-4001 opción 1
Horario: Lunes a Viernes de 8:00 a 14:00 horas
Correo electrónico: inscripciones@uanl.mx
Ubicación: Planta baja, ala sur de la Torre de Rectoría, Ciudad Universitaria.


Ubicación

División de Inscripciones y Credencialización
Horario: lunes a viernes de 8:00 a 14:00 horas.
Ubicación: Planta baja, ala sur de la Torre de Rectoría, Ciudad Universitaria


Responsable: Dirección del Departamento de Escolar y de Archivo